Ciudad de México.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió este jueves las solicitudes de registro de las organizaciones ciudadanas que concluyeron el procedimiento para constituirse como Partidos Políticos Nacionales, aprobando el registro de aquellas que acreditaron el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, mientras que negó el reconocimiento a dos agrupaciones por no alcanzar los estándares establecidos en la legislación electoral.
Durante una sesión pública marcada por un amplio debate entre consejeras y consejeros electorales, el órgano colegiado realizó un análisis individual, exhaustivo y diferenciado de cada expediente, revisando pruebas, verificaciones y documentación presentada por las organizaciones participantes.
La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, enfatizó que las determinaciones adoptadas no obedecieron a criterios políticos, sino al estricto cumplimiento del marco jurídico.
“La decisión que hoy adopta este Consejo General no es una valoración de afinidades políticas ni de conveniencia electoral. Es una determinación jurídica sustentada en expedientes, pruebas, verificaciones y reglas conocidas por todas las organizaciones desde el inicio del proceso”, afirmó.
Taddei explicó que el procedimiento representó uno de los ejercicios de verificación más amplios realizados por la autoridad electoral, al revisar cientos de asambleas, más de un millón de afiliaciones, documentos básicos de las organizaciones, informes de fiscalización y diversos procedimientos administrativos.

La presidenta del INE subrayó que el Consejo General tiene la obligación constitucional de verificar no sólo el cumplimiento del número de afiliados o asambleas, sino también aspectos fundamentales como la autenticidad de las afiliaciones, la legalidad del financiamiento, la regularidad de las asambleas y el respeto a las restricciones constitucionales.
Por su parte, la consejera Frida Gómez Puga explicó que las dos organizaciones que no obtuvieron el registro presentaron irregularidades que impedían acreditar plenamente el cumplimiento de los requisitos legales.
En uno de los casos, señaló que se detectó la participación activa de ministros de culto durante distintas etapas del proceso constitutivo, situación que derivó en la invalidez de diversas asambleas distritales y evitó que la organización alcanzara el mínimo legal requerido. Además, se identificaron inconsistencias en materia de fiscalización que comprometieron la certeza sobre el origen y destino de los recursos utilizados.
Respecto a la segunda agrupación, Gómez Puga indicó que se acreditaron irregularidades relacionadas con la autenticidad de afiliaciones, inconsistencias en los procedimientos de fiscalización e información institucional que impedían garantizar el cumplimiento de los principios de certeza, legalidad y libre afiliación establecidos por la Constitución.
El INE precisó que las resoluciones fueron adoptadas con base en las particularidades de cada expediente y bajo los mismos criterios jurídicos aplicados de manera uniforme a todas las organizaciones participantes, descartando cualquier consideración de carácter político.
Asimismo, reiteró que la constitución de Partidos Políticos Nacionales es un derecho reconocido por la Constitución, cuyo ejercicio debe desarrollarse bajo los principios de legalidad, certeza, transparencia, equidad y respeto al Estado de derecho.
Finalmente, el organismo electoral recordó que las organizaciones a las que se les negó el registro cuentan con los mecanismos legales para impugnar la decisión ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, instancia que tendrá la última palabra sobre la legalidad de las resoluciones emitidas por el Consejo General del INE.


