Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto de sentencia que proponía establecer como criterio obligatorio que los recursos de las cuentas individuales de Afore entregados a los beneficiarios de trabajadores fallecidos estuvieran sujetos al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Con una mayoría de seis votos, las ministras y ministros desecharon la propuesta presentada por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien sostenía que dichos recursos no pueden equipararse jurídicamente a una herencia o legado, por lo que no debían gozar de la exención prevista en la Ley del ISR.
El debate surgió a partir de una contradicción de criterios entre tribunales federales respecto a si los recursos de las Afores recibidos por los beneficiarios tras el fallecimiento del trabajador constituyen ingresos exentos, conforme al artículo 93, fracción XXII, de la Ley del ISR y el artículo 261 de su Reglamento, o si, por el contrario, deben considerarse ingresos gravables.
Durante la discusión, el presidente de la Suprema Corte, Hugo Aguilar Ortiz, calificó el asunto como un tema de justicia social por el impacto que tendría para miles de familias mexicanas.
“Este es un asunto de justicia social, con un impacto enorme en el país. En lo personal no concibo cómo grandes masas hereditarias no puedan contribuir al país al no pagar impuestos, pero las Afores sí se les grave. Advierto que de pronto las normas están hechas para beneficiar al que ya tiene beneficios y afectar al que viene trabajando, buscando hacer ahorros o contribuyendo”, expresó.
En su proyecto, la ministra Herrerías argumentó que los recursos entregados a los beneficiarios no derivan de un legado en términos del derecho sucesorio, sino de una prestación prevista en la legislación de seguridad social.
“Los ingresos que provienen de los recursos de la Afore del trabajador fallecido no les son entregados por concepto de legado, sino precisamente por disposición de una ley de seguridad social. Por ende, al no ser un legado, debe pagarse el impuesto”, sostuvo.
No obstante, la mayoría del Pleno consideró que esos recursos cumplen una función equivalente a la de una herencia o legado y, por ello, deben mantenerse exentos del ISR.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió que la propuesta establecía una regla excesivamente rígida que colocaría a los beneficiarios del sistema de seguridad social en una situación fiscal menos favorable que quienes reciben herencias o legados.
“Me parece que el proyecto adopta una regla general demasiado rígida. Desde mi perspectiva, puede generar un trato inequitativo, porque coloca en una situación fiscal menos favorable a las personas beneficiarias del sistema de seguridad social, pese a que reciben recursos acumulados durante la vida laboral de la persona trabajadora por una causa directamente vinculada a su fallecimiento”, afirmó.
El proyecto únicamente obtuvo el respaldo de las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González.
Batres defendió que la función del sistema tributario debe contribuir a una mejor distribución de la riqueza.
“Nosotros deberíamos buscar que la aportación de esta Corte tendiera a generar más distribución de riqueza en lugar de más concentración, y esa distribución sucede cuando se pagan impuestos por quien no genera la ganancia”, argumentó.

Por su parte, María Estela Ríos sostuvo que corresponde exclusivamente al Poder Legislativo definir qué ingresos deben estar sujetos al pago de impuestos.
“Fijar impuestos es facultad exclusiva del legislador, no nuestra; debemos respetar ese límite y, si se desea un cambio, debe impulsarse desde la sociedad y el Congreso, no desde nuestro ámbito”, señaló.
Uno de los momentos más relevantes de la sesión ocurrió cuando el ministro Giovanni Figueroa Mejía modificó el sentido de su voto. Aunque inicialmente había anunciado su respaldo al proyecto, tras escuchar los argumentos del debate decidió sumarse a la mayoría al considerar que los recursos de las Afores pueden recibir el mismo tratamiento fiscal que las herencias y los legados.
Tras el rechazo del proyecto, el expediente fue returnado para la elaboración de una nueva propuesta. El propio ministro Giovanni Figueroa solicitó asumir la ponencia con el propósito de presentar un nuevo proyecto que refleje el criterio mayoritario del Pleno y permita establecer una jurisprudencia obligatoria sobre el tratamiento fiscal de los recursos de las cuentas individuales de Afore entregados a los beneficiarios de trabajadores fallecidos.

