Villahermosa, Tabasco. El secretario ejecutivo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Jorge Alberto Zavala Frías, rechazó los señalamientos de parcialidad formulados por la dirigencia estatal del PRD, al asegurar que todas las resoluciones emitidas por el órgano electoral se apegan estrictamente a los procedimientos y disposiciones establecidos en la ley.
Lo anterior, luego de que el dirigente estatal del PRD Tabasco, Rafael Acosta León, expresara su inconformidad con el actuar del instituto, al considerar que existe un trato desigual en la aplicación de las sanciones y que las resoluciones favorecen a Morena, al sostener que se aplica una “ley del embudo” en perjuicio de su partido.
En respuesta, Zavala Frías sostuvo que las determinaciones del IEPCT cuentan con sustento jurídico y recordó que todos los partidos políticos tienen garantizado su derecho de impugnar las resoluciones ante las instancias jurisdiccionales cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados.
“Los partidos tienen salvaguardados sus derechos para acudir a los tribunales si no comparten alguna resolución del Instituto”, señaló el funcionario electoral.

TET amplía plazo para justificar negativa de nuevo partido
En otro tema, el secretario ejecutivo informó que el Tribunal Electoral de Tabasco (TET) concedió al IEPCT una prórroga de cinco días para ampliar la fundamentación jurídica de la resolución mediante la cual se negó el registro de la agrupación Unión Democrática por Tabasco como partido político local.
Explicó que, en cumplimiento de la resolución del tribunal, el Consejo Estatal del Instituto prevé sesionar el próximo lunes para emitir un nuevo acuerdo en el que se fortalezcan los argumentos legales que sustentan dicha determinación.
Zavala Frías estimó que el sentido del dictamen no cambiará, por lo que se mantendrá la negativa al registro de la organización impulsada por Humberto de los Santos Bertruy, debido a las irregularidades detectadas durante el proceso de revisión.
Precisó que el Tribunal Electoral no ordenó modificar el fondo de la resolución, sino únicamente ampliar y robustecer la motivación jurídica que dio origen a la negativa, por lo que el organismo electoral trabaja en atender las observaciones realizadas por la autoridad jurisdiccional.
Con ello, el IEPCT busca cumplir con los requerimientos del TET y emitir una resolución debidamente fundada y motivada, en apego a la legislación electoral vigente.


