TABASCO.- El Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) confirmó el desechamiento de la denuncia presentada por el PRD Tabasco en contra del director de Finanzas del Ayuntamiento de Macuspana, Juan Diego Hernández Arias, a quien se le señalaba por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos en favor de Morena.

Durante sesión pública, el órgano jurisdiccional resolvió de manera definitiva el expediente TET-AP-009/2026-II, avalando la actuación del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), que previamente determinó no iniciar un procedimiento sancionador por falta de elementos probatorios.

La magistrada Enedina Juárez Gómez explicó que el partido promovente no aportó pruebas suficientes ni indicios mínimos que permitieran acreditar la probable existencia de las conductas denunciadas, requisito indispensable para dar inicio a una investigación formal.

Precisó que la Secretaría Ejecutiva del IEPCT sí realizó la revisión de las pruebas y efectuó diligencias preliminares para verificar los hechos denunciados; sin embargo, los resultados no arrojaron elementos que sustentaran las acusaciones ni permitieran establecer una probable responsabilidad del servidor público.

En la resolución, el Tribunal consideró que la autoridad electoral actuó conforme a derecho al desechar la queja, toda vez que abrir un procedimiento sancionador sin una base mínima de prueba vulneraría los principios de legalidad y certeza jurídica.

Asimismo, el Pleno calificó como infundados los agravios expuestos por el PRD Tabasco y ratificó la determinación emitida por el IEPCT.

Tras conocerse el fallo, Juan Diego Hernández Arias destacó que la sentencia confirma la inexistencia de elementos que acreditaran las acusaciones en su contra y sostuvo que la resolución fortalece el respeto al debido proceso y a los derechos de defensa de los ciudadanos frente a denuncias sin sustento.

La magistrada Enedina Juárez Gómez subrayó que el desechamiento fue procedente debido a que la denuncia carecía de los elementos mínimos necesarios para justificar el inicio de un procedimiento sancionador, garantizando con ello el respeto al marco legal vigente y evitando procesos basados únicamente en conjeturas o material insuficiente.

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