Ciudad de México.
El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal de la Ciudad de México negó la suspensión definitiva solicitada por Operadora de Centros de Espectáculos, S.A. de C.V. (Ocesa) contra la imputación que enfrenta por la muerte de los fotoperiodistas Berenice Giles y Miguel Ángel Rojas, ocurrida durante el festival Axe Ceremonia el 5 de abril del año pasado en el Parque Bicentenario.

La determinación fue emitida por la jueza María del Carmen Sánchez Cisneros, quien resolvió que no procede conceder la medida cautelar solicitada por la empresa, con lo que Ocesa conservará su calidad de imputada dentro de la carpeta de investigación que integra la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX).

“Se niega la suspensión definitiva a la moral quejosa, contra los actos reclamados (…) con motivo de los razonamientos expuestos en el considerando único de esta interlocutoria”, señala la resolución judicial.

El fondo del conflicto

Ocesa promovió el juicio de amparo 68/2026 el pasado 14 de enero, luego de que el Ministerio Público de la Fiscalía capitalina modificó su estatus jurídico, pasando de ser investigada a formalmente imputada por los hechos relacionados con la muerte de los dos fotógrafos.

La empresa reclamó la resolución dictada en la audiencia del 7 de enero, dentro de la carpeta judicial 005/1870/2025, en la que se determinó su inclusión como imputada, así como la ejecución de dicha resolución.

El amparo fue promovido contra actos atribuidos a Edgar Jesús Campos Burgos, Juez de Control del Sistema Procesal Acusatorio de la Ciudad de México.

¿Qué implica la negativa del amparo?

La suspensión definitiva es una medida cautelar que busca evitar daños irreparables al promovente mientras se resuelve el fondo del juicio de amparo. En este caso, la jueza consideró que no se actualizan los supuestos legales para concederla, por lo que la investigación puede continuar sin modificaciones en la situación jurídica de la empresa.

Con esta decisión:

  • Ocesa no podrá ser excluida de la investigación.
  • Permanecerá como una de las cinco empresas imputadas en el caso.
  • La FGJ-CDMX podrá continuar con el proceso para judicializar la carpeta ante un Juez de Control.

La jueza también admitió las pruebas documentales ofrecidas por las autoridades, mismas que podrán ser valoradas nuevamente durante la audiencia constitucional.

Un proceso aún abierto

Aunque se trata de un revés legal para la empresa, la resolución no es definitiva. Ocesa aún puede interponer un recurso de revisión, lo que llevaría el caso ante un Tribunal Colegiado, el cual podría confirmar, modificar o revocar la decisión de primera instancia.

Además, la jueza Sánchez Cisneros difirió la audiencia constitucional para el próximo 12 de febrero, fecha en la que se pronunciará sobre el fondo del juicio de amparo y decidirá si concede o no la protección de la justicia federal a la empresa.

Antecedentes: el caso Axe Ceremonia

La investigación deriva de los hechos ocurridos durante el festival Axe Ceremonia, realizado en el Parque Bicentenario, donde Berenice Giles y Miguel Ángel Rojas, ambos fotoperiodistas, murieron mientras realizaban su labor profesional.

El caso generó una amplia reacción en el gremio periodístico y reabrió el debate sobre:

  • Las condiciones de seguridad en eventos masivos.
  • La responsabilidad de las empresas organizadoras.
  • La actuación de autoridades y empresas privadas en la prevención de riesgos.

Otros amparos rechazados

La negativa del amparo a Ocesa se suma a la resolución adversa dictada contra Servicios de Protección Privada Lobo, S.A. de C.V., empresa que también buscó la protección federal para evitar su imputación, sin éxito.

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